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SOSPECHAN HASTA DE LOS CUMPLEAÑOS

Por Antero Flores-Araoz

Tienen toda la razón las autoridades, cualquiera que ellas sean, pero especialmente la Contraloría, la Unidad de Inteligencia Financiera, el Ministerio Público, el Poder Judicial y las Comisiones Investigadoras del Congreso, de investigar para su sanción los actos de corrupción.

No creo que, salvo los corruptos, nadie pueda estar en contra de las investigaciones sobre actos de corrupción, especialmente en lo que se refiere a la ejecución de obras públicas que contrata el Estado a través de innumerables organismos.

Cuando para conseguir la contratación de alguna obra pública, se entregan lo que llamamos en el Perú “coima” o “cutra” y en otros lugares como México “la mordida”, se incurre en un ilícito penal, más claramente delito, el que debe ser sancionado con el mayor rigor que permite la legislación. Pero hay un efecto adicional, al elevarse los precios para entregar “coimisiones”, se mal emplean recursos del Estado que podrían destinarse a mejorar la escolaridad, la salud, la seguridad y la infraestructura.

No solo es necesario investigar, y de ser el caso sancionar, para cumplir con las disposiciones legales, sino porque además la corrupción erosiona la moral, da la imagen que ello es usual o regular y que por ello se tolera. Ni se lo crean, no es tolerable, menos aceptable, y ni piensen que se puede admitir la ya famosa expresión: “No importa que robe porque hace obra”.

La corrupción corroe conciencias y voluntades, y si bien es verdad que se debe luchar contra su perpetración, no es menos cierto que se necesitan mecanismos para prevenirla, y entre ellos el más importante es el de la educación, puesto que en las últimas décadas al privilegiarse en las escuelas la enseñanza del conocimiento pragmático, se ha descuidado la enseñanza de la ética así como de la instrucción cívica.

Pese a todo lo expuesto, de lo cual tenemos clara convicción, observamos que existe un serio prejuicio, que es el de la presunción de culpabilidad, cuando nuestra Constitución y Tratados sobre Derechos Humanos, establecen la presunción de inocencia. Ello lo vemos cuando sin razón se abusa de las detenciones preventivas, o cuando se considera que cualquier reunión acredita coludirse para obtener la buena pro de obras públicas.

En el caso del llamado “club de los constructores” en que podrían haberse puesto de acuerdo diversas constructoras, para participar en obras públicas y “ruletear” sus contrataciones a como les viniera en gana, también miramos con estupor, que a cualquier reunión se le considera como prueba de que hay colusión entre los contratistas constructores.

Lo expuesto no es necesariamente cierto, puesto que hasta los que van a negociar constituir consorcios para participar en concursos y licitaciones, necesitan reunirse y conversar y ello es perfectamente legítimo, pues si es que no conversan ¿cómo se van a consorciar?  Imposible, sin reunirse o comunicarse por cualquiera de los medios conocidos.

La Dirección no se hace cargo necesariamente  por las opiniones vertidas por sus colaboradores

Hoy con las exageradas sospechas de que las reuniones son para coludirse, habrá que tener mucho cuidado al asistir a cumpleaños, showers, aniversarios, sepelios y otras celebraciones.  ¡No se excedan!

La Dirección no se hace responsable necesariamente  por las opiniones vertidas por sus colaboradores

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