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MULTAS Y ESTIMULOS

Por Antero Flores-Araoz

Reciente multa impuesta a Petro-Perú por la contaminación de áreas y ríos selváticos, por derrame desde el Oleoducto Nor Peruano por falta de mantenimiento, nos lleva a pensar sobre ello.

La multa es sanción por transgresión a la normatividad y en el caso concreto, por perpetración de daño ecológico.  La sanción se impone a empresa pública que la paga a una entidad estatal.  En concreto y en resumen, un bolsillo del Estado le paga a otro la multa.

El efecto económico en todos los casos, es que la multa no tiene consecuencias para el Estado, y los funcionarios responsables por la negligencia que significó la falta de mantenimiento al oleoducto, pasaron tranquilos y sin costos, lo que evidentemente no es equitativo, pues desmotiva el cumplimiento del deber.

Para casos similares debería aprobarse norma en que la empresa pública o entidad estatal que sufrague multa, pueda trasladar su efecto a los funcionarios negligentes, es decir, obligar a reintegrar la multa que se pague a los directos infractores.

Esto podría en el futuro ser un disuasivo para la desatención de funcionarios que demuestran actitud displicente respecto a sus obligaciones, o que son desaprensivos con ellas.

Pero en el tema de multas, tenemos también que corregir la normatividad por la cual un porcentaje determinado de las multas que impongan las Organizaciones del Estado, se distribuya entre los servidores públicos del respectivo organismo estatal. Esto en lugar de estimular la severidad en el cumplimiento del deber, lo que de suyo hace es fomentar actitudes irresponsables de funcionarios, que sin motivación real, sancionan con multa hasta errores insustanciales de los administrados.  Ello porque la multa impuesta no va toda a las arcas fiscales, sino parte al bolsillo de los servidores públicos, con perjuicio de los administrado.  A los funcionarios estatales se les pone en el dilema de cumplir con el deber o afectar un ingreso económico adicional.

Lo dicho lo podemos observar en multas de tránsito, en sanciones aplicadas en materia tributaria y en otras muchas acciones efectuadas desde el Estado.

Pero hay algo muchísimo más grave cuando revisamos los presupuestos aprobados de infinidad de organismos públicos, en que sus gastos regulares son financiados en parte por las multas.  Si no hubieren multas que aplicar los presupuestos estarían desfinanciados, lo que lleva a los funcionarios de tales organismos a aplicar multas indebidas e incluso ante reclamaciones justificadas, declararlas sin lugar, lo que obligará al administrado a recurrir a la autoridad judicial con acciones contencioso-administrativas que congestionan indebidamente los estrados judiciales.

Como vemos, hay tareas por emprender.

 

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