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FUNCIÓN PÚBLICA Y PARTIDOS

Por Antero Flores-Araoz*

Como es de conocimiento generalizado, los ciudadanos tienen el derecho de participar en la política, con arreglo a la Constitución, sea directamente o a través de agrupaciones políticas. Como excepción, los jueces, fiscales, miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, si bien ejercen el derecho de sufragio, por la naturaleza de su función, no pueden actuar en actividades políticas.

Los ciudadanos eligen al presidente y vicepresidentes de la República, así como a los miembros del Parlamento Nacional, a los gobernadores y consejeros regionales, al igual que a los alcaldes y sus regidores. Todas esas autoridades ejercen actividad política.

En cuanto a la participación política, el Presidente de la República es quien convoca y nombra a los ministros y con ellos ejerce la función de gobernar al país, constituyendo el Poder Ejecutivo. Por otro lado, al Congreso acceden los candidatos que han ganado las elecciones parlamentarias y usualmente pertenecen a diversidad de partidos.

Mientras el presidente de la República y del Ejecutivo ejerce la jefatura de la Nación ayudado por los ministros que él nombra, el presidente del Congreso lo hace presidiendo a un grupo variopinto, que representa a diversos partidos y muchas veces con ideología y pensamiento contrapuestos.

Como consecuencia, el presidente del Congreso preside a un organismo compuesto de personas de diferente pelaje político y siendo primo inter pares, al representar al Parlamento en su conjunto, debe hacerlo guardando las reglas de igualdad y de tratar a todos por igual.  Más aún, según su reglamento congresal, hasta en las comisiones se respeta la proporcionalidad que tiene cada bancada respecto al conjunto parlamentario y, una autoridad que define muchísimos temas en el Congreso es su junta de portavoces, en que todas las bancadas están representadas.  El presidente del Congreso no es pues omnímodo, está sujeto a infinidad de regulaciones y limitaciones.

Últimamente el Congreso, pechado por el primer ministro, censuró a su presidenta Lady Camones, por haber conversado con el jefe de su partido, quien le pidió que el proyecto de ley del Ejecutivo, para crear el distrito de Alto Trujillo, le diera preferencia en su tramitación, pues lo ayudaría en el resultado de las elecciones al Gobierno Regional de la Libertad.

La congresista Camones no es más presidenta del Congreso y a nuestro juicio se le ha maltratado, puesto que si bien el candidato Acuña a la gobernación de La Libertad, como a cualquier ciudadano, le asiste el derecho de petición, la congresista Camones no prestó su consentimiento al pedido.  Estuvo silente.

Si la aprobación del proyecto de ley en cuestión podría ser aprovechado por el candidato Acuña, es algo no seguro, pues el proyecto corresponde al Ejecutivo y la pretensión de algunos de considerar que hubo tráfico de influencias, no veo que la situación se nutra de los elementos para así tipificarlo.

Para evitar estas situaciones enojosas, bien podría incorporarse en el Reglamento del Congreso, la obligación de quien ejerce su presidencia, de solicitar y obtener licencia de su partido político, con lo cual se solucionarían las incomodidades que observamos.

Me permito recordar que hace cerca de veinte años, fui elegido presidente del Congreso, entregando públicamente al Oficial Mayor mi carnet partidario “… para que lo conserve bajo todas las llaves que quiera ….”, agregando que “Este año en que ejerceré la Presidencia del Congreso, lo haré con licencia de mis facultades, atribuciones y todo lo que se relacione con mi partido…. “

El mensaje fue claro y el resultado mejor, puesto que nadie se atrevió a pedir ningún trato preferente y el ejercicio del cargo fue más que satisfactorio.

*Prestigioso Abogado y político peruano. Gentil colaborador de Turistamagazine. Columnista y Colaborador de diverso medios peruanos y extranjeros Fundador del Partido político “Orden”

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