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PERU: PROMULGAN LEY QUE DEROGA APORTE OBLIGATORIO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES

 El Poder Ejecutivo promulgó hoy la norma que deroga el aporte obligatorio de los trabajadores independientes, menores de 41 años, al sistema de pensiones, estableciéndose de manera voluntaria. La Ley 30237, deroga los artículo 8 y 9 de la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y la norma que la modifica, restableciendo el aporte libre y voluntario de los trabajadores independientes.

En tal sentido, en la parte que se refiere a los «Aportes del trabajador independiente», al que se refiere el artículo 33, «El trabajador independiente puede afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) voluntariamente”.

Asimismo, refiere que los aportes previsionales obligatorios que se cobraron en cumplimiento de las normas materia de derogación, «podrán ser devueltos o ser considerados para el reconocimiento del cálculo de la pensión a elección del trabajador independiente». El dispositivo, publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, establece la derogación de las demás normas, resoluciones y disposiciones que se opongan o limiten la aplicación de la presente Ley.

La norma cuenta con la rúbrica del presidente de la República, Ollanta Humala Tasso; y de la jefa del Gabinete Ministerial, Ana Jara Velásquez. También la titular del Congreso de la República, Ana María Solórzano y del vicepresidente de ese poder del Estado, Modesto Julca Jara.

G/ Andina

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