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HUASCA* LEGISLATIVA

Por Antero Flores-Araoz*

La principal labor del Congreso o Parlamento es legislar, esto es dar leyes y resoluciones legislativas, a lo que se agrega la función o prerrogativa de representación popular y de fiscalización.

Las leyes son normas expedidas por el Poder Legislativo para ordenar, estas son mandatorias, así como para determinar  prohibiciones.  Con el correr del tiempo se han dado leyes también declarativas, que en estricto no son leyes pues ni mandan ni prohíben nada, como las ya famosas leyes de declarar el día tal para rendir homenaje a cuanta cosa irrelevante se les puede ocurrir a los padres de la patria, como también ya son conocidas las leyes que declaran de interés nacional la creación de tal o cual provincia o distrito, pero que en realidad no crean absolutamente ninguna circunscripción territorial.

Habíamos considerado que, habiendo recorrido tantos calendarios ya nada nos podría sorprender; pues craso error, nos ha llamado sobremanera la atención la aprobación, promulgación y publicación de la Ley N° 32144 por la cual se “… define las labores del barista, del maestro chocolatero y del sommelier”.

Como muchos que han leído dicha ley nos preguntamos ¿Qué tiene de relevancia ser barista, chocolatero o sommelier?, francamente no lo notamos. Con lógica por la singularidad de sus actividades hay normativa especial para las trabajadoras del hogar, para los trabajadores del sector salud, para el gremio magisterial o para el de construcción civil, pero no vemos motivo alguno para dictar una ley declarativa que solo dice lo que por lo general realizan los baristas, los chocolateros y los sommelier.

Evidentemente de las tres especialidades laborales mencionadas, dos de ellas tienen que ver con licores. El barista para la atención en bares de los diversos tipos de bebidas alcohólicas y cafés, así como el sommelier para aconsejar sobre los licores a tomarse, sin olvidar su maridaje con los alimentos. Con la relación con bebidas espirituosas de esos dos tipos de actividades, nos tomamos la licencia de señalar con el peruanismo “huasca”,* (peruanismo persona ebria que está bajo los efectos del alcohol)  a lo que denominamos “huasca legislativa”, ya que no se entiende como existiendo algunos parlamentarios de fuste, gran nivel de conocimiento y reconocida experiencia en diversos campos, hayan podido presentar, dictaminar y aprobar iniciativa legislativa, que además de no ordenar ni prohibir nada, es absolutamente declarativa, irrelevante y anodina.

Tampoco es entendible la actitud del Poder Ejecutivo que, en lugar de observar una ley intrascendente y populista, la haya promulgado y publicado. Si la hubiera observado, por lo menos hubiera hecho repensar y reevaluar el tema por nuestros parlamentarios que tan alegremente la aprobaron con significativa votación.

Con la supuesta lógica que se ha aprobado la ley que comentamos nos preguntamos ¿Cuándo habrá una ley que defina, por ejemplo, las labores de los variadores en el hipódromo, o de los aguateros en los estadios, o de los llamadores del transporte público, o de los limpiadores de las fachadas de edificios, entre tantas otras ocupaciones? Esperemos que nunca y que no vuelva la huasca legislativa.

*Prestigioso Abogado y político peruano. Ex ministro del interior, Ex Senador, Ex congresista, fundador del partido político ORDEN

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