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MOMIAS PUBLICITARIAS

Por Antero Flores-Araoz

Amparados por la facultad que otorga la Constitución y la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen competencia para normar y regular la ubicación de anuncios y avisos publicitarios en los exteriores de bienes de uso privado o de bienes de uso público.

Los municipios por lo general, al establecer las normas para la publicidad exterior, lo hacen con la finalidad de evitar la contaminación visual, proteger el ambiente urbano, así como el ornato y estética de las ciudades.

Todo lo anterior suena razonable, pero contrasta con una realidad difícil de comprender.  Cuando transitamos por nuestras calles nos encontramos con establecimientos, la mayoría comerciales, que en su exterior se nota la existencia de un aviso o anuncio publicitario, pero que no se puede ver, ello debido a que está escondido detrás de un feo ropaje.

En efecto, muchos de los avisos o anuncios a los que nos referimos, están forrados con alguna tela, papel, cartón o plástico que impide saber su contenido, sea en imágenes, grafías o números.  Tales avisos vestidos con una espantosa “mortaja” los hace aparecer como si fueran contemporáneas “momias”.

Evidentemente, los avisos publicitarios así “vestidos”, atentan contra el ornato y la estética de nuestros centros poblados, que es casualmente lo que se trata de cautelar con las autorizaciones previas o licencias para su colocación en los exteriores.

Indagando sobre el motivo de “vestir” con ropaje inconveniente a los anuncios y avisos a los que nos referimos, encontramos que ello era por la demora en la expedición de las respectivas licencias municipales, y por el temor de los anunciantes de ser multados por la carencia de aquellas.

Investigando algo más sobre el particular, encontramos como común denominador en las municipalidades, que el plazo para otorgar la licencia de los anuncios es de 30 días, y recién de vencidos se puede ejercer el silencio administrativo positivo, es decir, considerarse que ante la falta de decisión municipal, el administrado podía estimar concedida la licencia, y por ende colocar su anuncio o aviso publicitario.

La lógica pregunta que podría formular cualquier persona, sería ¿qué hacer para evitar la horrenda “vestimenta” puesta en los carteles? La respuesta, también lógica, es que los municipios acorten el plazo para otorgar la licencia para los avisos publicitarios a no más de una semana, con lo cual se agiliza la posibilidad de ejercer el derecho al silencio administrativo positivo y mostrar “desnudos” a los anuncios.

Muchas veces las soluciones son sencillas, si es que hay buena voluntad de las autoridades, pues el ropaje con el que se viste a los anuncios en exteriores, lesiona la vista, atenta contra el ornato público, que es lo que se supone se trata de proteger, y bien podría hacerse el esfuerzo para evitarlo.

Ojalá las nuevas autoridades municipales que han iniciado su labor hace escasamente tres meses, agarren el guante y apliquen la solución.

 

* Reconocido jurista y político peruano Fundador del partido ORDEN candidato a la presidencia de la República

Ha sido Diputado, Constituyente y Congresista de la República del Perú, siempre de la mano del Partido Popular Cristiano. En el 2004, fue electo como Presidente del Congreso entre otros importantes cargos diplomáticos.

 

 

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